DECRETO 27/2002, de 26 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba la aplicación y desarrollo en el ámbito de la Comunidad Valenciana de la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud. [2002/2054]
La Ley 16/2001, de 21 de noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud, tiene como objeto poner fin a la alta temporalidad que padece el personal estatutario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud y del Insalud.
La misma norma declara el carácter básico de la Ley estatal con excepción de sus disposiciones adicionales segunda, undécima y decimoquinta y final tercera. Asimismo el artículo 1 y la disposición final primera del texto legal habilita a las Comunidades Autónomas que tengan transferidas las competencias de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social, en el ámbito de sus respectivas competencias, para aprobar cuantas disposiciones reglamentarias sean precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
Por otra parte, en el ámbito de la Comunidad Valenciana se suscribió el Acuerdo de 23 de julio de 2001 entre la Conselleria de Sanidad y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad sobre calendario de negociaciones y desarrollo en su ámbito del Acuerdo de 26 de junio de 2001 entre el Gobierno Valenciano y las organizaciones sindicales en materia de la reducción de la temporalidad, asumiendo como objetivo propio llevar a cabo las actuaciones precisas para que estén cubiertos por personal fijo, en el plazo de tres años, el 90% de los puestos de trabajo existentes en plantilla, con reducción en el año 2003 de la tasa de temporalidad hasta el 10% La disposición sexta del Acuerdo suscrito en el ámbito sanitario prevé expresamente la aplicabilidad y voluntad de adhesión en este ámbito de los procedimientos extraordinarios que pudieran ser aprobados por las Cortes Generales en relación con el proceso de búsqueda de soluciones a la situación actual de empleo, así como, en su caso, la necesaria revisión del Acuerdo para la adaptación al proceso extraordinario.
En fechas 19 de diciembre de 2001 y 18 de enero de 2002 se suscribe la revisión del Acuerdo de 23 de julio de 2001 entre la Conselleria de Sanidad y las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
De otro lado, están pendientes de realizar las convocatorias de procesos selectivos contenidas en el Decreto 191/1998, de 30 de noviembre, del Gobierno Valenciano, correspondiente a dicho año, por un total de 2.524 plazas, así como la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2001, a la que corresponden 5.518 plazas.
En virtud de lo expuesto y de lo establecido en la Ley 10/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2002, previa negociación con los sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad, a propuesta del conseller de Sanidad y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 26 de febrero de 2002,
DISPONGO
Artículo 1
El presente Decreto tiene por objeto la aprobación de un proceso extraordinario de selección y provisión de plazas de personal estatutario de las Instituciones Sanitarias de la Conselleria de Sanidad, dirigido a la consolidación de empleo, en los términos previstos en la Ley 16/2001, de 21 de noviembre, y de conformidad con los Acuerdos suscritos el 19 de diciembre de 2001 y 18 de enero de 2002 entre la Conselleria de Sanidad y las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad.
Artículo 2
Las plazas objeto del presente proceso extraordinario, detalladas por categoría y especialidad, en su caso, son las de naturaleza estatutaria que constan en el anexo de este decreto, en el que se han incluído las plazas objeto de la Oferta de Empleo Público aprobada por el Decreto 191/1998, de 30 de noviembre, del Gobierno Valenciano, así como también las correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2001.
Disposiciones finales
Primera
La Conselleria de Sanidad dictará cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en este decreto.
Segunda
La aplicación y el desarrollo del presente Decreto no supondrá, en ningún caso, incremento de gasto.
Tercera
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana
Valencia, a 26 de febrero de 2002
El presidente de la Generalitat Valenciana,
EDUARDO ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO
El conseller de Sanidad,
SERAFÍN CASTELLANO GÓMEZ.
ANEXO
Grupo A
Facultativo Especialista de Área 730
Médico Equipo Atención Primaria 850
Médico Centro Planificación Familiar 16
Médico Conductas Adictivas 15
Médico Documentación Clínica y Admisión 29
Médico Equipo Móvil 14
Médico Unidad Hospitalización a Domicilio 26
Médico Unidades Corta Estancia 30
Médico Unidad Prevención Cáncer Mama 6
Médico General U. Urgencia Hospitalaria 80
Médico SAMU 150
Farmacéutico Área de Salud 13
Odontólogo Equipo Atención Primaria 30
Pediatra Equipo Atención Primaria 275
Psicólogo 15
Psicólogo Conductas Adictivas 19
Técnico Función Administrativa 27
Analista de Aplicaciones (*) 20
Subtotal 2345
Grupo B
ATS/DUE 2000
ATS/DUE SAMU 150
Fisioterapeuta 126
Matrona 186
Ingeniero Técnico 6
Asistente/Trabajador Social 62
Profesor Logofonía y Logopedia 5
Gestión Función Administrativa 22
Analista-Programador (*) 30
Subtotal 2587
Grupo C
Higienista Dental 41
Técnico Especialista Laboratorio 86
Técnico Especialista radiodiagnóstico 131
Técnico Especialista radioterapia 6
Técnico Especialista Anatomía Patológica 32
Administrativo 66
Técnico Mantenimiento 24
Operador Central (*) 14
Subtotal 400
Grupo D
Auxiliar de Enfermería 1500
Auxiliar Administrativo 600
Conductor Camillero SAMU 20
Gobernante/a 30
Locutor CICU 10
Subtotal 2160
Grupo E
Celador 550
Subtotal 550
Total 8042
(*) Plazas no estatutarias, de naturaleza funcionarial.