OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO EN ESTADO DE EJECUCIÓN

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO ADICIONAL AÑO 1999

DECRETO 97/ 1999, de 24 de junio, POR EL QUE SE APRUEBA UNA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO ADICIONAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL AÑO 1.999.

Por Decreto 65/1.999, de 13 de mayo, se aprobó la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 1.999, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 1/1.986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 23 de la Ley 25/1.998, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1.999.

Dicha Oferta de Empleo Público incluye las plazas, dotadas presupuestariamente, cuya provisión se considera inaplazable o que afectan al funcionamiento de los servicios públicos esenciales de la Comunidad de Madrid, y que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, las cuales figuran detalladas en el Anexo del propio Decreto.

Asimismo, la Disposición Adicional Tercera del Decreto 65/1.999, de 13 de mayo, establece, de acuerdo con lo señalado en el artículo 19.2 de la Ley 1/1.986, de 10 de abril, que las necesidades urgentes de incorporación de personal no previstas en él que, en su caso, se planteen, podrán dar lugar a la aprobación de una Oferta de Empleo Público Adicional, en los ámbitos administrativos en los que se precisen, a propuesta de la Consejería de Hacienda, previa negociación con las Organizaciones Sindicales y previo informe del Consejo Regional de la Función Pública.

En este sentido, y como continuación del proceso de cumplimiento de lo dispuesto en el apartado Quinto del Acuerdo Marco para apoyar la estabilidad y la calidad del empleo en la Comunidad de Madrid, firmado el 30 de julio de 1.997, -en cuya virtud la Administración Autonómica, sus Unidades Administrativas, Servicios y organismos dependientes transformarán los puestos y contratos de trabajo temporales, interinos y eventuales en contratos de carácter indefinido a través de su vinculación a sucesivas Ofertas de Empleo Público-, con fecha de 7 de mayo de presente año se alcanzó un Acuerdo con las Organizaciones Sindicales firmantes del Convenio Colectivo para el personal laboral y del Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid actualmente vigentes, relativo a la distribución del fondo de consolidación de empleo público consignado para tal fin en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid de 1.999, y en el que se concretan igualmente los puestos de trabajo permanentes en los que se reconvierten los contratos y plazas temporales anteriormente existentes. Dicho Acuerdo establece , para posibilitar la cobertura definitiva de las plazas afectadas por el mismo, su inclusión en una Oferta de Empleo Público Adicional a la de 1999 y en la Oferta de Empleo Público para el año 2.000, compromiso al que se viene a dar cumplimiento en lo que se refiere a este ejercicio a través del presente Decreto.

Por otra parte, el desarrollo del turno extraordinario de promoción profesional establecido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 25/1998, de 28 de diciembre, requiere que, una vez determinados los criterios precisos para su ejecución a lo largo del presente año, se reflejen en la Oferta de Empleo Público las plazas cuya provisión ha de efectuarse a través de convocatorias específicas de promoción profesional, incrementando en consecuencia las previsiones que, en este sentido, se contienen en el artículo 4 del Decreto 65/1.999, de 13 de mayo. De esta forma, se potencia la carrera administrativa y la promoción interna del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid a través de instrumentos parcialmente novedosos que han encontrado plasmación tanto en el Convenio Colectivo para el personal laboral y en el Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal funcionario como en la norma legal citada, y que asimismo se complementarán con otras acciones que habrán de aplicarse a lo largo de este ejercicio, las cuales incluirán en todo caso la celebración de concursos de méritos extraordinarios para la cobertura de puestos de trabajo reservados a funcionarios públicos, dando satisfacción así a los requerimientos que en esta materia se efectúan en las disposiciones mencionadas.

Por todo ello, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Ley 1/1.986, de 10 de abril, de Función Pública de la Comunidad de Madrid, se considera necesario proceder a la aprobación de una Oferta de Empleo adicional, que permita la inmediata convocatoria de las plazas previstas en la misma junto con las ya incluidas en el Decreto 65/1999, de 13 de mayo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda, previa negociación con las Organizaciones Sindicales, con informe del Consejo Regional de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día ,

DISPONGO

Artículo 1. Aprobación de la Oferta de Empleo Público Adicional.

Se aprueba una Oferta de Empleo Público adicional a la de 1.999, en los términos y con las características que se establecen en el presente Decreto.

Artículo 2. Promoción interna.

Las plazas reservadas para su provisión mediante convocatorias específicas de promoción profesional de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.2 del Decreto 65/1999, de 13 de mayo, se incrementarán en el número y con las condiciones recogidos en el Anexo I del presente Decreto.

Artículo 3. Ampliación de plazas.

Las plazas incluidas en el Anexo II de este Decreto se sumarán a las contenidas en el Anexo del Decreto 65/1999, de 13 de mayo.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Plazas a tiempo parcial.

Las plazas correspondientes a personal laboral anunciadas en este Decreto tienen asignadas, en algunos casos, jornadas inferiores a la ordinaria. Las convocatorias que se efectúen para su provisión deberán indicar expresamente esta circunstancia.

Segunda. Modificación del turno de provisión.

Las plazas reservadas a personal laboral incluidas en el Anexo I del presente Decreto que correspondan a categorías laborales no afectadas por el Acuerdo de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Desarrollo del Convenio Colectivo de 11 de julio de 1.996, sobre la aplicación de la promoción profesional específica, se incorporarán a las convocatorias ordinarias si, tras la resolución del preceptivo concurso de traslados, no se hubiera extendido el mencionado Acuerdo a las categorías laborales de que se trate.

En este sentido, por la representación de la Administración de la Comunidad de Madrid en los órganos paritarios oportunos, en los que se encuentren presentes las Organizaciones Sindicales firmantes del Convenio Colectivo para el personal laboral, se promoverán las acciones necesarias tendentes a posibilitar la aplicación de la promoción profesional específica a las categorías laborales no incluidas en el Acuerdo citado.

Tercera. Transformación de plazas declaradas a extinguir.

En el plazo de quince días a contar desde la entrada en vigor de este Decreto, se constituirá una Mesa Técnica, con representación de las Organizaciones Sindicales firmantes del Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal funcionario y del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, que procederá al estudio y valoración de la transformación de las plazas correspondientes a Cuerpos, Escalas o Categorías declarados a extinguir que se encontraran vacantes y dotadas presupuestariamente el uno de enero de 1.999.

En el supuesto de que en la fecha en que se efectúen las convocatorias de las plazas incluidas en el Anexo I del presente Decreto se hubiera aprobado la modificación de las plazas declaradas a extinguir, las referidas convocatorias incluirán dichas plazas, adicionándose a las anunciadas en el citado Anexo.

Cuarta. Cumplimentación del turno extraordinario de promoción profesional.

A efectos de lo establecido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 25/1.998, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 1.999, y como complemento de las previsiones contenidas en el Anexo I del presente Decreto, a lo largo de este año se efectuarán convocatorias extraordinarias de concursos de méritos para la provisión de los puestos de trabajo correspondientes a personal funcionario que, teniendo asignada esta forma de cobertura y encontrándose vinculados al turno extraordinario de promoción profesional contemplado en la referida Disposición Adicional, no ostenten la condición de base, cuyo número asciende a 158 puestos.

Las convocatorias a las que se alude en el párrafo anterior se negociarán con las Organizaciones Sindicales firmantes del Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal funcionario y del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid actualmente vigentes.

Quinta.. Régimen jurídico de la Oferta de Empleo Adicional.

La presente Oferta de Empleo Público adicional se regirá en todos sus términos por lo dispuesto en el Decreto 65/1999, de 13 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 1999.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

A N E X O I

A N E X O II